La Almunia pasa a fase 2 a las 0:00 del 8 de octubre a la espera del confinamiento perimetral

El Boletín Oficial de Aragón ha hecho oficial esta misma tarde la publicación de las medidas por las que La Almunia pasa al régimen similar de la fase 2. Estas medidas que se establecerán a partir de esta próxima medianoche para todo el término municipal de La Almunia están contempladas en el Plan para la transición hacia una nueva normalidad elaborado por el Ministerio de Sanidad durante la pasada primavera de cara a la desescalada.

Las principales medidas establecidas para La Almunia y que permanecerán vigentes hasta que las autoridades lo consideren oportuno son:

  • Establecimientos de hostelería y restauración: no puede haber servicio de barra. Aforo en el interior y exterior terrazas, del 50%. Horario de cierre a las 00.00h.
  • Comercio minorista: 75% de aforo.
  • Aforo en actos y espectáculos culturales en espacios interiores al 75% si tienen butacas preasignadas donde se respete la distancia social de 1,5 metros y las medias de protección individual, reduciéndose dicho aforo al 50% en los restantes supuestos.
  • Lugares de culto: 50% del aforo.
  • Las reuniones sociales no podrán superar el número de 10 personas, salvo en el caso de personas convivientes, tanto en espacios de carácter público como privado.
  • Velatorios: aforo máximo de 50 personas en espacios al aire libre o de 25 personas en espacios cerrados, sean o no convivientes.
  • Ceremonias nupciales: Aforo del 50%, con un máximo de 100 personas en espacios al aire libre o de 50 personas en espacios cerrados.
  • Prohibido el botellón
  • Prohibido las peñas o locales de reunión asimilados
  • Prohibido fumar a menos de 2m de otra persona
  • Transportes privados hasta 9 plazas: 2 personas por cada fila de asientos, salvo que sean convivientes.
  • Las líneas de autobús seguirán funcionando como habitualmente y serán ellas las que apliquen las normas de aforo y asientos.
  • Se mantienen las normas de uso de mascarilla, higiene y distancia social, tanto personales como las que ya se estaban aplicando en los establecimientos y lugares de trabajo.

Respecto a las fuerzas de seguridad, podrán diluir cualquier reunión que se produzca en la vía pública y serán los encargados de que la ciudadanía cumpla con las medidas establecidas en la ORDEN SAN/957/2020 y sus derivadas que aparecen publicadas oficialmente en el BOA. Las sanciones ante el incumplimiento de las medidas adoptadas por la entrada en la fase 2 son las ya establecidas en el real decreto-ley publicado por el Gobierno de España el pasado 9 de junio y que hasta ahora han estado vigentes.

El confinamiento perimetral permanece a la espera de que el Tribunal Superior de Justicia de Aragón lo ratifique y que el Gobierno de Aragón lo pueda publicar en el BOA de manera oficial para hacerse efectivo.

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